
En Uruguay, el mismo circo de «lesa humanidad» que acá. Nos honra compartir en este medio la carta que un militar ilegalmente detenido dirigió al juez que, sencillamente, lo tiene secuestrado. En la misiva se pueden apreciar las mismas irregularidades jurídicas que tienen lugar en Argentina.
Montevideo, 20 de octubre de 2025.-
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Señor Presidente
Dr. John Pérez Vignani
De mi mayor consideración:
El firmante, coronel de Ejército Eduardo A. Ferro, actualmente prisionero político recluido en el Establecimiento Militar Penitenciario «Domingo Arena», desde hace 4 años y medio, ante Ud., se presenta y expone, al amparo del art. 30 de la Constitución de la República:
– Que he sido notificado por parte de la Corte que Ud., preside que he sido condenado a una pena de 21 años de penitenciaría por haber sido encontrado incurso en el delito de «DESAPARICIÓN FORZADA» (delito catalogado como de Lesa Humanidad). Sucede que a la fecha de sucedido los supuestos hechos en los que se me acusa de ser coautor, no existía tal figura delictiva en el Código Penal, ni en leyes especiales, convenios o tratados a los cuales nuestro país hubiese adherido. Un hecho a mi modo de ver, inédito, aunque no existía norma previa, escrita y con una descripción estricta, a la comisión del hecho punible, con una pena que determina las condiciones para incurrir en el mismo, según lo establecen las normas legales.
– Que surge la duda, obvia, de cómo es posible ser condenado por una figura delictiva que no existía en el Código Penal, en la oportunidad de los hechos. De mis superficiales conocimientos legales/jurídicos, ello es sin duda ILEGAL, y lamentablemente llego a la conclusión de que la venganza ideológica jurídica, hoy ya innegable, es avalada por acción u omisión, por la propia Corporación en la que Ud. es el presidente.
– Que ya le he dirigido personalmente otra misiva similar, en la que le indicaba graves y fundadas irregularidades de TODO el sistema judicial (jueces actuales, Tribunales de Apelaciones), oportunidad en la que Ud. me contesta por escrito, deferentemente, que me dirigiera por «los canales correspondientes…». Sería torpe de mi parte reclamar ante los mismos que han cometido graves irregularidades legales y esperar que se inculpen ante sí, ellos mismos.
Que vuelvo a insistir en esas instancias donde Ud. me observa debería “dirigirme por la vía correspondiente”; los antes mencionados han actuado SIN PRUEBAS, sacando conclusiones o deducciones antojadizas e inclusive contradictorias, van en consonancia con «EL RELATO» impuesto en la sociedad por el Partido Comunista, sus adláteres y/o cómplices inconscientes.
– Y, continuando con las barbaridades legales, e insistiendo en el punto, es en la etapa Casación donde la propia SCJ (toda la Corporación) me condena por un delito que no existía, avalando en los hechos todas las irregularidades mencionadas.

– ¿Cómo se sentiría Ud. al ser condenado siendo inocente y no habiéndose probado ni mínimamente responsabilidad individual alguna? ¿Cómo miraría a los ojos a su esposa, a sus hijos, qué les diría a sus nietos? ¿Que estamos en un País realmente demócrata republicano y que deben creer en las instituciones? ¿O es todo una farsa? ¿Qué mensaje les debo de dejar, que saldría de cumplir la pena a los 95 años, si la biología no me llega antes? Ud. sabe por experiencia profesional que todo penado, en su intimidad profunda, acepta los hechos y trata de minimizar los efectos y sus consecuencias. NO ES MI CASO y allí me surge la rebeldía natural, la cual no cesa de aflorar, porque no tengo nada de que arrepentirme más aún cuando ello está en las pruebas presentadas; y esa rebeldía se repotencia más cuando constato el daño colateral que sufre mi familia, particularmente mi esposa bastante mayor.
– Que en la Sentencia N° 78/2025, emitida por esa Corporación, se señala que los delitos por los cuales hemos sido imputados son DELITOS COMUNES, por lo cual debería de haber operado la prescripción, lo que hasta el momento no ha ocurrido. Si es así, como se expresa en innumerables sentencias dictaminadas por esa Suprema Corte, ¿cuál es la razón por la cual no se ha dictaminado lo señalado? Y, en sentido contrario, en el mes de mayo pasado fui condenado por «DESAPARICIÓN FORZADA» cuando, como lo he señalado anteriormente, el delito era inexistente en el ordenamiento jurídico nacional. Como debe de ser de su conocimiento, los delitos del Estatuto de Roma, por ley, fueron incorporados para su aplicación a partir del año 2006, mediante la ley N.º 18.026 (25-09-2006)
– Señor Presidente, Ud. podrá alegar que los jueces en el ejercicio de sus funciones son independientes, siempre y cuando no transgredan las normas del derecho como lo establece el artículo 23 de la Constitución, sin embargo, vulneran la misma con las acciones antojadizas e irregulares que, a instancias de la Fiscalía especializada en delitos de Lesa Humanidad, se vienen aplicando en otros múltiples casos, incluido el del firmante.
– Que estas situaciones han motivado que se hayan realizado acciones individuales en quince casos y en uno en forma colectiva ante organismos internacionales por las violaciones a los derechos fundamentales, que redundarán en perjuicio del Estado y de la Corporación que Ud. preside debido a la acciones ilegales que se vienen tolerando o admitiendo por el sistema judicial.

– Que ya no tengo nada que perder, ya no creo en un sistema que lo considero ineficiente, influenciado e infiltrado (empleo esos términos por ser correcto), no me importa ser cuidadoso, ni prudente, pero con carácter y firme convicción le solicito encarecidamente a Ud. que tome urgentemente las medidas que correspondan e impidan actuar a la «justicia ideologizada», la cual está subordinada, de hecho, por omisión, complicidad o cobardía a los caprichos del vergonzoso Fiscal Dr. Ricardo Perciaballe, tantas veces cuestionado.
– Señor Presidente, con absoluta sinceridad, si no tiene las agallas republicanas y no cumple con los deberes que le impone su honroso cargo, así como los demás miembros de esa Corporación, renuncien a sus respectivos cargos.
No me inspira nada personal hacia Ud. y demás miembros de la SCJ, sí me da fuerzas internas el rememorar el juramento como Oficial del Ejército que realice ante el Presidente de República y ante mi Padre, en diciembre de 1967.
Saluda Ud.
Cnel. de Ejército Eduardo A. Ferro PD: Es de hacer constar, que la presente fue confeccionada fuera de la Unidad de Internación N.º 8, siendo firmada por el suscrito y enviada a Ud.
Lectura de la carta del Cnel Eduardo Ferro a cargo del periodista Rubén Sánchez (Uruguay)
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La injusticia en torno a los militares presos, ¡pero para ‘todes’!











